Resumen | |
[J] | Derecho fundamental al honor de persona jurídica. Información gráfica no concluyente sobre la atribución a la persona jurídica demandante de la condición de entidad incumplidora de la legislación del Covid-19. Prevalece el derecho a la información.(publicado en Actualidad Diaria 4627 el 26 de septiembre de 2023) |
texto publicado volver | |
>p>Es objeto del presente proceso la demanda que es formulada por la entidad actora, Restaurante Pizzería I., titular del local destinado a restaurante pizzería, que gira con el nombre comercial de D, contra la entidad demandada, Editorial Prensa Alicantina, S.A., en ejercicio de una acción de protección del derecho fundamental al honor, como consecuencia de las noticias de prensa publicadas por la demandada los días 26 de julio y 9 de agosto de 2020, relativas a los locales de hostelería sancionados por incumplimiento de la normativa de las medidas sanitarias del Covid-19, en las que se publicó una fotografía del establecimiento de la actora en la que se visualizaba el logo de su nombre comercial, lo que lleva a la conclusión al lector de que la actora había incumplido o había sido sancionada en aplicación de dicha normativa, lo que no era cierto.El conocimiento de la demanda correspondió al Juzgado de Primera Instancia número 7 de Alicante, que la tramitó por los cauces del juicio ordinario 2236/2020, que finalizó por sentencia en la que se estimó parcialmente la demanda. Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación. Su conocimiento correspondió a la sección sexta de la Audiencia Provincial de Alicante, que dictó sentencia en la que confirmó la pronunciada por el juzgado, si bien rebajó la indemnización fijada a la suma de 2.000 euros. El Supremo estima el recurso y desestima la demanda. | |
texto publicado volver |
Los suscriptores de este Diario tiene 5 ventajas:
1 Prioridad en la recepción de los envíos del Diario.
2 El Diario se puede recibir en tres e-mail diferentes por cada suscripción.
3 Acceso a todos los Diarios publicados desde el número 1 (16 años de histórico).
4 Buzón de e-mail POP3 y web gratuíto para recibir el Diario y cualquier otro uso. Pulse aquí
5 Pedidos de libros sin gastos de envío. Ultimas novedades, aquí
Estamos a su servicio en el
telefono 902 198 832
(L a V de 9:00 a 20:00)
Las e-fuentes consultadas: |
Legislaci�n: DOCE, BOE, Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG). |
Jurisprudencia:
TC, TS, TJUE y TEDH. |
Noticias:
europa press, EFE, EL PA�S, EL MUNDO, ABC, LA RAZ�N, LA VANGUARDIA,
EXPANSI�N |
Documentaci�n
oficial: Presidencia del Gobierno,
Ministerio de Hacienda-Agencia Tributaria, Ministerio de Trabajo-Seguridad
Social, Ministerio de Justicia y CGPJ. |
Documentaci�n
corporativa: Consejo
General de la Abogac�a-Colegio de Abogados de Madrid, Consejo General
del Notariado, Colegio de Registradores, Consejo General de Procuradores-Colegio
de Madrid, Asociaciones judiciales (APM, JpD, Fco. Vitoria) |
© 2002-2015 PYB ENTERPRISES S.L. Este diario es una publicación distribuida por paraprofesionales.com y se dirige exclusivamente a sus suscriptores. Su reenvío a terceras personas distintas del destinatario requiere autorización expresa de PYB ENTERPRISES, SL S.L. PYB ENTERPRISES S.L. no se hace responsable de las decisiones tomadas con base en el contenido del presente diario. Las colaboraciones firmadas recogen la opiniones de sus autores. paraprofesionales.com
es una web de PYB Enterprises, SL. PYB Enterprises, SL. Centro de trabajo:
Fuentesauco,9 local. 282024 Pozuelo de Alarc�n
(MADRID). TELEFONO 902 198 832 – Fax 901 02 03 62. email de contacto. |